La Comunidad de Madrid ofrece una ayuda de hasta 4.000 euros para familias que contraten legalmente a una persona empleada de hogar, con el fin de facilitar la conciliación familiar y laboral.
En el caso de las familias numerosas, esta medida puede resultar especialmente útil cuando se necesita apoyo para el cuidado de hijos menores, hijos con discapacidad o familiares dependientes, siempre que se cumplan los requisitos exigidos por la convocatoria.
Además, las familias numerosas pueden contar con una ventaja específica en materia de Seguridad Social: una bonificación del 45% en la cuota empresarial por contingencias comunes cuando contratan a una persona empleada de hogar para el cuidado de la familia, en los términos previstos por la normativa aplicable.
Quién puede beneficiarse
Esta ayuda puede interesar especialmente a familias que contraten a una persona empleada de hogar para el cuidado de:
✅ Hijos menores de 12 años.
✅ Hijos menores de 18 años con discapacidad.
✅ Familiares hasta segundo grado con discapacidad igual o superior al 50%.
✅ Familiares en situación de dependencia.
Para acceder, la persona titular del hogar debe residir y estar empadronada en el mismo domicilio que el hijo o familiar cuidado, dentro de cualquier municipio de la Comunidad de Madrid.
Requisitos principales
Para poder beneficiarse de estas medidas, la familia debe cumplir una serie de condiciones básicas:
✔️ Tener reconocido el título de familia numerosa, en el caso de aplicar la bonificación específica para familias numerosas.
✔️ Estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social y obligaciones tributarias.
✔️ No tener deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo que estén garantizadas.
✔️ Dar de alta a la persona contratada en el Sistema Especial de Empleados de Hogar.
✔️ Formalizar el contrato por escrito.
✔️ Que la persona contratada preste servicios en el domicilio familiar ubicado en la Comunidad de Madrid.
✔️ Que la finalidad principal sea el cuidado de hijos o familiares a cargo.
✔️ Que la renta per cápita de la unidad familiar sea inferior a 30.000 euros.
En el caso de cuidado de hijos menores de 12 años o menores de 18 años con discapacidad, como regla general, los progenitores deben ejercer una actividad retribuida por cuenta propia o ajena a jornada completa durante el periodo subvencionable. No obstante, la convocatoria contempla excepciones, entre ellas para familias numerosas, en las que una de las personas progenitoras puede trabajar a tiempo parcial o estar en situación de reducción de jornada.
Periodo y duración de la contratación
El periodo subvencionable va del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025. La contratación puede haberse realizado durante ese periodo o con anterioridad, siempre que cumpla los requisitos exigidos.
Además, la relación laboral y el alta en la Seguridad Social deben mantenerse durante un mínimo de 58 días naturales, aunque sea de forma discontinua, dentro del periodo subvencionable.
El plazo de presentación de solicitudes está abierto hasta el 30 de abril de 2026.
Bonificación del 45% para familias numerosas 💡
Las familias numerosas pueden beneficiarse de una bonificación del 45% en la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes por la contratación de una persona empleada de hogar para el cuidado de la familia. Esta reducción se aplica directamente sobre una parte de la cotización, lo que ayuda a rebajar el coste mensual de tener contratada legalmente a una persona empleada de hogar.
Esta bonificación es distinta de la ayuda autonómica de hasta 4.000 euros. Ambas pueden ser relevantes para una familia numerosa, pero cada una tiene sus propios requisitos y funcionamiento: la bonificación reduce la cuota mensual de Seguridad Social, mientras que la ayuda de la Comunidad de Madrid es una subvención que se solicita aparte y cuyo importe depende de los costes efectivamente abonados y de la renta per cápita familiar.
Por ello, esta convocatoria puede suponer un apoyo importante para muchas familias que necesitan conciliar horarios laborales, cuidado de menores y responsabilidades familiares.



