Federación Madrileña de Familias Numerosas

Federación Madrileña de Familias Numerosas

Entidad sin ánimo de lucro, en la que asesoramos e informamos a las familias en su condición de Familias Numerosas.

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Qué es el Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI)

lunes, 30 marzo 2026 by Fedma

¿En qué consiste el CAPI?, ¿Qué requisitos hay que cumplir para acceder a él? os dejamos un documento con toda la información sobre esta prestación destinada a apoyar a los hogares con menores.

Información

 

 

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Familias Numerosas denuncia sanciones de Hacienda a contribuyentes que desconocen que deben declarar el bono térmico en el IRPF

lunes, 30 marzo 2026 by Fedma

NOTA DE PRENSA

La FEFN avisa a las familias ante la nueva campaña de la Renta que arranca el 8 de abril

Familias Numerosas denuncia sanciones de Hacienda a contribuyentes que desconocen que deben declarar el bono térmico en el IRPF

La Federación Española de Familias Numerosas lamenta la indefensión de las familias, a las que no siempre se informa de esta obligación fiscal, y pide que el bono para calefacción no tribute, dado que es una ayuda para hogares vulnerables

La ayuda no siempre viene reflejada en el borrador del IRPF, que muchas familias validan, recibiendo después una multa de la Agencia Tributaria

Madrid, 30 de marzo de 2025. La Federación Española de Familias Numerosas denuncia la sanción que reciben muchas familias por parte de la Agencia Tributaria, por no declarar el bono térmico, la ayuda para calefacción que da el Gobierno a los hogares considerados vulnerables.

A pesar de su carácter asistencial, esta ayuda tributa y debe declararse en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Sin embargo, muchas familias lo desconocen y se encuentran con la sorpresa de la sanción por parte de la Agencia Tributaria una vez presentada la declaración.

A pocos días de que comience la campaña de la Renta, la FEFN quiere denunciar la indefensión de las familias que se encuentran con la notificación de Hacienda “sin tener ni idea de ello” y “el sinsentido que supone pagar una multa en relación con una ayuda que se te ha concedido y de la que vas a perder la mitad o un tercio”, explican fuentes de esta entidad. Las multas de las que ha tenido noticia la FEFN están entre los 94 y los 118 euros.

El bono térmico es una ayuda del Estado, que se gestiona a través de las comunidades autónomas, para cubrir parte de los gastos de calefacción en hogares considerados vulnerables, para garantizar un mínimo de bienestar a sus beneficiarios. Su importe varía en función de la zona geográfica, más o menos fría, y el grado de vulnerabilidad, situándose en 2025 entre los 139 y los 400 euros, que se dan en un pago único.

La FEFN cree que “no puede considerarse un ingreso, es una prestación que tiene un fin social muy claro, que es proteger a hogares vulnerables, con pocos recursos y muchos niños, como las familias numerosas, para que no pasen frío”. Por ello, pide que esté exento de tributación y así se le va a trasladar al nuevo ministro de Hacienda, Arcadi España, al que la FEFN va a enviar una carta en estos días.

Obligación de informar

Hasta entonces, la FEFN cree que el Gobierno tiene que proteger a las familias informando de ello y facilitando que puedan declararlo. Para ello, pide que “siempre se indique que el bono está sujeto a IRPF en la carta que la administración envía a cada beneficiario cuando se le notifica que va a recibir el bono térmico”, explica la FEFN. Hay comunidades, como Castilla y León, que sí informan de que esta ayuda ‘está sometida al IRPF como ganancia patrimonial, pero otras, como la Comunidad Valenciana o Castilla-La Mancha, no hacen ninguna referencia a la necesidad de declararla en la Renta. “La administración está obligada a informar a las familias”, destaca la FEFN.

Además, pide que Hacienda incluya por sistema esta ayuda en el borrador de la declaración, ya que puede ser que no esté recogido, “las familias validan el borrador y luego se encuentran con la sanción sin comerlo ni beberlo y sin haber tenido ninguna intención de no declararlo porque se trata de una ayuda”.

 

 

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La Comunidad de Madrid reconocerá al hijo no nacido como un miembro más de la unidad familiar

jueves, 26 marzo 2026 by Fedma

La Comunidad de Madrid reconocerá al hijo no nacido como un miembro más de la unidad familiar a efectos de ayudas y beneficios, como los de familia numerosa, desde la semana 12 de gestación. Esta iniciativa busca asimilar al nasciturus al nacido para el acceso a becas de comedor, estudios, ayudas a la vivienda y ventajas fiscales.

  • Alcance de la medida: La norma busca que el concebido no nacido sea considerado un miembro adicional de la unidad familiar, permitiendo, por ejemplo, que familias con dos hijos obtengan el título de familia numerosa al acreditar la gestación.
  • Inicio de la tramitación: La Comunidad de Madrid inició la tramitación de esta ley para reconocer al concebido no nacido.
  • Requisitos: Para acceder a estos beneficios, se requerirá un informe médico que certifique el embarazo.
  • Beneficios económicos y fiscales: Los beneficios incluyen deducciones en el IRPF, becas de estudio, ayudas de comedor y otros beneficios en tasas de la Administración regional. 
Esta normativa busca aplicar estas ventajas desde que se acredite el embarazo, beneficiando a las familias en la obtención de ayudas, becas y ventajas fiscales. 
Info
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Musical “El Alma al Aire”-10% de descuento para socios

jueves, 26 marzo 2026 by Fedma

El Alma al Aire es mucho más que un musical. Su moderna escenografía, que combina elementos de vanguardia y los últimos medios técnicos, unida a la interpretación en directo de las más emblemáticas canciones de Alejandro Sanz, lo convierten en una experiencia donde solo cabe la emoción. ¡Déjate llevar por la música y prepárate para volar!

En un pintoresco pueblo pesquero, Ale, un joven músico con gran talento es testigo, junto a su familia y su amigo Bruno, de cómo la llegada de Alma – una promotora inmobiliaria madrileña que se instala en el pueblo con sus dos hijas – altera el equilibrio de la comunidad. Una historia que reivindica el valor de las raíces, la amistad, la música… y el poder casi mágico del viento del sur.

CONDICIONES:

  • Es un 10% de descuento para socios
  • Aplica hasta el 29 de noviembre de 2026
  • De martes a viernes (excepto festivos)
  • Válido en Categorías 1,2, 3, 4 y 5

Enlace de compra

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Semana Santa 2026 en Madrid

jueves, 26 marzo 2026 by Fedma

La Semana Santa 2026 en Madrid vuelve a llenar las calles de tradición, música y fervor con una programación que se extiende por toda la ciudad. Desde las grandes procesiones del centro histórico, con recorridos por enclaves como la Puerta del Sol o la Plaza Mayor, hasta las propuestas culturales y religiosas en distritos como Barajas, Villaverde, Retiro, Usera o Villa de Vallecas, la capital ofrece un completo calendario de actividades para todos los públicos.

Esta guía recoge de forma ordenada toda la programación disponible, distribuida por días y categorías para facilitar su consulta. Incluye procesiones con recorridos, imágenes y momentos destacados, además de conciertos, vía crucis, saetas, celebraciones litúrgicas y otras actividades que completan una de las citas más importantes del calendario cultural y religioso madrileño.

Consultar ENLACE

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Rebaja del IVA de la luz y los carburantes y otras medidas para contener el precio de la energía, que las familias notan ya en el coche y la cesta de la compra

jueves, 26 marzo 2026 by Fedma

El Gobierno ha aprobado un paquete de medidas para hacer frente a la crisis económica derivada de la Guerra de Irán, que afecta especialmente e la energía y que ya están notando en sus bolsillos las familias, especialmente a la hora de llenar el depósito del coche y también en la cesta de la compra.

A través de un Real Decreto aprobado el pasado viernes en Consejo de Ministros y que tiene que revalidar el Congreso este jueves, el Gobierno ha establecido una bajada de los impuestos sobre la energía hasta en un 60%, mediante la rebaja del IVA del 21% al 10% para los carburantes, la electricidad, el gas natural, briquetas y ‘pellets’, al tiempo que se congela el precio máximo de venta del butano y el propano.

Según el Gobierno, “se baja el IVA al 10%, y los impuestos que afectan al precio de la gasolina y el gasoil hasta el mínimo que permite la directiva europea, lo que se traducirá en una rebaja efectiva de hasta 30 céntimos por litro en función del carburante, unos 20 euros de ahorro por depósito para un coche medio”, en palabras del presidente, Pedro Sánchez.

Bono eléctrico y térmico

El Real Decreto, publicado ya en el Boletín Oficial del Estado, incluye también la prórroga hasta el 31 de diciembre 2026 la aplicación de los valores extraordinarios de los descuentos del bono social eléctrico aprobados en la anterior crisis energética, de manera que todo este año se aplicará una reducción en el consumo eléctrico del 42,5% para vulnerables y del 57,5% para vulnerables severos.

También se ha fijado la prohibición del corte de suministros básicos (agua y energía) a hogares vulnerables y un aumento de la ayuda mínima por beneficiario del Bono Social Térmico, que pasa de 40 a 50 euros.

Apoyo al sector primario y transportistas

El decreto del Gobierno plantea también la rebaja al nivel mínimo permitido del tipo del impuesto de hidrocarburos y, para los sectores más afectados, incluyendo transportistas, agricultores, ganaderos y pescadores, establece una ayuda de 20 céntimos por cada litro de gasóleo profesional empleado en su actividad. La ayuda será abonada por la Agencia Tributaria y las administraciones forales correspondientes en País Vasco y Navarra. A ello se suma una ayuda equivalente para la compra de fertilizantes, con el fin de que «esos sectores tan importantes puedan capear esta crisis y para contener todo lo posible los precios de la cesta de la compra», según apuntó el presidente del Gobierno en la presentación de las medidas.

Compra de vehículos e instalaciones de energías renovables

Otras medidas fiscales son las deducciones en el IRPF del 15% para la compra de vehículos eléctricos y enchufables, junto a otras bonificaciones para autoconsumo, bombas de calor y rehabilitación energéticas. En el Impuesto de Sociedades, se recoge libertad de amortización para inversiones en renovables que sustituyan equipos fósiles. También se habilita a los ayuntamientos a bonificar hasta en un 50% el IBI para quienes hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de energías renovables, junto a la bonificación de hasta el 95% para las obras e instalaciones de estos sistemas.

Accede AQUÍ al Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio.

La vivienda, aparte

Además de este Real Decreto centrado en la energía, se ha aprobado otro sobre vivienda, que recoge las medidas planteadas por Sumar, y que el Gobierno tuvo que incuir a última hora para conseguir el apoyo de sus socios. Este decreto plantea la prohibición de subir los alquileres y la renovación automática de los contratos que venzan en 2026/2027. Tanto éste, como el decreto de medidas energéticas, deben ser convalidados por el Congreso, lo que en el primera caso se da por hecho, mientras en el tema de vivienda parece difícil al no contar con los apoyos suficientes.

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Aventura de Espeleo cueva en familia- Sábado 2 de Mayo 2026

miércoles, 18 marzo 2026 by Fedma

SÁBADO 2 DE Mayo  2026

*Por indisposición del guía se traslada esta actividad al sábado 2 de mayo 2026

*Las familias que se hubieran apuntado para el 18 de abril y no puedan asistir el 2 de mayo , se les devolverá el importe pagado.

La espeleología como deporte consiste en la exploración de los pasajes subterráneos naturales, galerías y cámaras para disfrutar y admirar las fantásticas formaciones geológicas de cuevas y simas.

Explora el impresionante mundo subterráneo de Madrid, visitando «la Cueva del Aire». Este itinerario de iniciación a la espeleología incluye una corta trepada y una gatera que nos lleva directamente al fondo de esta cavidad caliza. Con nuestros guías profesionales, recorrerás de forma segura la cueva y su conjunto geológico que se ha ido formando durante miles de años. Cruzaremos galerías, pasillos, bóvedas y columnas que conforman un bello y misterioso mundo mineral.

Además saldremos de la cueva realizando un divertido rápel de 8 metros.

Vive una experiencia inolvidable, una aventura al centro de la Tierra ideal para compartir con tu familia y con tus hijos.

Día: Sábado 2 de mayo 2026

Lugar: Patones de Abajo, Madrid.

Punto de encuentro: a las 10:30 h en parking disuasorio de Patones de Abajo junto al Polideportivo.

 

Poner en Google Maps: Senda Ecológica del Barranco (Patones de Abajo).

https://maps.app.goo.gl/HPmx86pzh6Gyqkzi8

 

Duración: 2,5 horas

Dificultad: Iniciación. Apta para familias con niños.

Observaciones:

-No se requiere experiencia previa.

-No tener claustrofobia o temor a espacios cerrados.

-No sufrir de vértigo.

-Tener una condición física normal.

-Actividad no recomendada para mujeres embarazadas.

-Menores a partir de 5 años.

 

-Los miembros de la familia que no quieran participar o sean menores de 5 años, pueden dar un paseo de senderismo por el entorno de la cueva y esperar a que el grupo termine la actividad. Recomendamos que visitéis Patones de Arriba donde podéis comer en restaurantes pintorescos (mejor con reserva previa). También podéis comer en bar Manolo en Patones de Abajo con buenos bocatas y raciones.

 

PRECIO ESPECIAL FAMILIAS NUMEROSAS FEDMA: 12€ por persona.

Incluye:

-Instructor Guía de Espeleología.
-Recorrido de espeleología de la Cueva del Aire con Rápel de salida.(2,5 horas).
-Equipo individual de Espeleología: casco, arnés y linterna frontal.
-Material técnico homologado de Espeleología: cuerdas, mosquetones, cintas express y dispositivos aseguradores.
-Seguro de Accidentes y Responsabilidad Civil de Dreampeaks Mountain Sports SL.
-Botiquín Colectivo.

 

RESERVA DE PLAZAS Y PAGO

Pago por BIZUM a: GABRIEL BLANCO +34 616 659 853

O Mediante transferencia bancaria a:

DREAMPEAKS MOUNTAIN SPORTS SL
IBAN   ES04 0049 5124 6221 1644 0633

Indicad «nombre y apellido + cueva + 24 febrero»

 

Equipo Recomendado

A los adultos se les proporciona un mono para ponerse encima de la ropa.

-Ropa de senderismo o ropa deportiva cómoda de manga larga y pantalón largo. Vale ropa o chándal viejo dado que se va a manchar de tierra y barro.

-Gorro y guantes de abrigo.

-Botas de senderismo o zapatillas deportivas. Es muy recomendable que dicho calzado tenga buena suela y agarre y que sujete bien el tobillo. No valen chanclas o sandalias. Podéis traer zapatillas o botas viejas.

-1 litro de agua y snacks ligeros (frutos secos o barrita energética).

-Medicación personal.

-Hay que evitar llevar objetos que se puedan perder o dañar con la roca.

-Ropa seca y calzado de repuesto para cambiarse después de la actividad.

-Una bolsa de plástico para meter la ropa y calzado sucios de barro.

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Día del Padre: cuando criar hijos es sostener el país

miércoles, 18 marzo 2026 by Fedma

En un contexto de baja natalidad y envejecimiento, conviene preguntarse cuánto aporta realmente una familia a la sociedad.

Cada Día del Padre abundan los mensajes sentimentales, los homenajes y las palabras bonitas. Pero hay una verdad mucho menos celebrada y bastante más importante: sacar adelante a un hijo no solo sostiene una familia; sostiene también a la sociedad entera.

La propia Ley 40/2003, de Protección a las Familias Numerosas, parte de esa idea cuando recuerda que la familia es “núcleo fundamental de la sociedad” y que desempeña múltiples funciones sociales que justifican una protección específica.

Durante años, el debate público ha tendido a mirar a las familias —y especialmente a las numerosas— desde la óptica del coste: ayudas, bonificaciones, deducciones o beneficios. Pero casi nunca se formula la pregunta contraria: ¿Cuánto devuelve a la sociedad cada hijo que una familia cría, educa y acompaña hasta la vida adulta?

Responder a esa pregunta con exactitud absoluta no es posible, porque no existe una cifra universal aplicable a todos los casos. Dependerá del salario futuro de cada hijo, de su continuidad laboral, de su base de cotización y de la duración real de su carrera profesional. Pero sí es posible construir una estimación técnica orientativa, suficiente para cambiar el marco del debate.

La última cifra anual homogénea disponible del INE sitúa la ganancia media anual por trabajador en 28.049,94 euros en 2023. Es el último dato definitivo comparable publicado por la Encuesta Anual de Estructura Salarial.

Si a esa referencia salarial se le aplican los principales tipos de cotización del Régimen General vigentes en 2025 para un contrato indefinido ordinario, el resultado es el siguiente: 28,30 % por contingencias comunes, 7,05 % por desempleo, 0,20 % por FOGASA, 0,70 % por formación profesional y 0,80 % por el Mecanismo de Equidad Intergeneracional. Sumados, esos conceptos arrojan un tipo agregado del 37,05 % sobre el salario bruto.

Aplicado al salario medio anual del INE, ese porcentaje supone una cotización aproximada de 10.392,50 euros al año por trabajador.

A partir de ahí puede proyectarse una estimación acumulada. La Seguridad Social señala que en 2026 podrá jubilarse a los 65 años quien acredite 38 años y 3 meses cotizados o más. Tomando esa duración como referencia técnica de una carrera laboral larga, un trabajador medio habría generado en torno a 397.513,23 euros en cotizaciones sociales a lo largo de su vida laboral. Si se redondea la proyección a 40 años cotizados, la cifra ascendería a 415.700,11 euros.

Traducido a la realidad de una familia numerosa, la magnitud cambia por completo la conversación. Una familia con tres hijos estaría generando potencialmente 1.192.539,69 euros en futuras cotizaciones sociales; una con cuatro hijos, 1.590.052,92 euros; y una con cinco hijos, 1.987.566,15 euros.

Y conviene subrayar algo importante: esta es, además, una estimación prudente. No incluye la cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, cuyo tipo varía según la actividad económica; tampoco incorpora la cotización adicional de solidaridad para retribuciones por encima de determinadas bases, ni otros ingresos públicos derivados de la actividad laboral futura de esa persona, como IRPF, IVA o tributación indirecta vinculada al consumo. Es decir, incluso en términos estrictamente económicos, estamos ante una aproximación parcial, no ante el valor completo de la aportación social de cada hijo.

Además, la contribución real de un hijo a la sociedad no se agota en su futura condición de cotizante. Un hijo será también, previsiblemente, consumidor, contribuyente, trabajador que presta servicios, posible emprendedor, generador de actividad económica y parte del relevo demográfico que permite sostener el equilibrio entre generaciones. En un contexto de envejecimiento poblacional y baja natalidad, este factor deja de ser secundario para convertirse en estructural. La cuestión ya no es solo cuántos derechos reciben las familias, sino cuánta sociedad están haciendo posible. Esta última afirmación es una inferencia económica y demográfica razonable a partir de los datos anteriores.

Por eso conviene decirlo con claridad: criar hijos no es solo una decisión privada ni una carga exclusivamente doméstica. Es también una inversión social de primer orden, asumida en gran medida por las familias y muy especialmente por aquellas que tienen más hijos.

Resulta llamativo que, en un país preocupado por la sostenibilidad futura del sistema de pensiones, por la falta de relevo generacional y por la caída de la natalidad, siga predominando una visión de la familia centrada casi exclusivamente en lo que recibe, y no en lo que aporta. Las familias numerosas no son una anomalía a compensar mínimamente, sino una realidad que está sosteniendo una parte esencial del futuro económico y social del país.

Desde esta perspectiva, las medidas de apoyo a las familias numerosas no deberían presentarse como privilegios ni como concesiones graciables. Son, en todo caso, instrumentos correctores modestos frente a una aportación mucho mayor, asumida durante años por las propias familias mediante tiempo, cuidados, organización, esfuerzo económico y renuncias personales.

Quizá este Día del Padre convenga recordar precisamente eso: que detrás de cada padre —y de cada madre— que sostiene una familia, hay también una tarea silenciosa que beneficia al conjunto del país. Porque cada hijo no representa solo una historia personal o familiar. Representa también un futuro trabajador, cotizante, contribuyente y ciudadano.

Y si una sola persona puede aportar a lo largo de su vida laboral cerca de 400.000 euros en cotizaciones sociales, una familia numerosa no debería ser observada como un coste. Debería ser reconocida, también en términos económicos, como una de las aportaciones más sólidas y menos visibilizadas al bien común.

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Jornadas familiares en Faunia- 25 y 26 Abril 2026

miércoles, 18 marzo 2026 by Fedma

SÁBADO 25 y DOMINGO 26 DE ABRIL  2026

Por estar asociado podrás disfrutar de estas jornadas a un precio especial de : 54€/ precio único por unidad familiar y día, solo en las fechas señaladas.

*Obligatorio presentar carné de asociado de la Federación en las taquillas del Parque.

*No acumulable a otras promociones.

*No necesita inscripción

En Faunia te teletransportarás a un lugar diferente en cuestión de segundos. Descubre animales de todo el mundo sin salir de Faunia. Aprende sobre ellos y conoce todos sus secretos. En nuestros ecosistemas, recreamos sus hábitats naturales, por lo que sentirás que estás viajando por el planeta sin salir del mismo lugar.

 

Oferta Bono Parques :

  • Bono Parques Plata Pam+Zoo+Faunia: 499€* toda la familia (independientemente del número de miembros que adquieran el Bono Parques)
  • Bono Parques Oro: 599 €* toda la familia (independientemente del número de miembros que adquieran el Bono Parques)

*Precios Especiales solo para el día del Evento. Precio para toda la familia (independientemente del número de miembros que adquieran el Bono). Imprescindible presentar el Carnet de Plan+Familia y el DNI para tramitar el Bono Parques. No acumulable a otras ofertas y/p promociones. La validez del Bono Parques adquirido será hasta el 31/12/2026. Consulta Condiciones en www.bonoparques.es

 

*Aviso: Durante ese fin de semana, está finalizando una promoción.

En el caso de bono Oro, esta tarifa les sale beneficiosa sin son 5 o más miembros. Si son menos, les saldrá mejor cogerlo con la promo que tienen ahora mismo.

 

 

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Solicitud de Complemento por Maternidad/Paternidad en la jubilación para compensar la brecha de género.

lunes, 16 marzo 2026 by Fedma

Para solicitar y reclamar este complemento por la brecha de género, si la pensión la has empezado a cobrar a partir del 1 de enero de 2016 o desde el 4 de febrero de 2021.

Te explicamos por qué:

“Antes del 4 de febrero de 2021, el complemento que existía se llamaba «complemento por maternidad» y, aunque la ley no lo decía explícitamente, en la práctica solo se lo daban a las mujeres. Los padres que lo querían tenían que ir a juicio y pelearlo, basándose en sentencias europeas que decían que era discriminatorio. Era un camino más largo y con más papeleo.

A partir del 4 de febrero de 2021, la ley cambió y se creó un nuevo complemento que se llama «complemento para la reducción de la brecha de género». Este nuevo complemento ya está diseñado para que tanto hombres como mujeres puedan pedirlo directamente a la Seguridad Social, siempre que cumplan los requisitos (tener hijos y que su pensión haya empezado a partir de esa fecha)”. 

En resumen:

  • Antes del 4/2/2021: Los padres tenían que reclamar el «complemento por maternidad» por vía judicial, demostrando discriminación. Era una batalla legal.
  • A partir del 4/2/2021: Los padres pueden solicitar el «complemento para la reducción de la brecha de género» directamente por vía administrativa, sin necesidad de ir a juicio de primeras, porque la ley ya lo contempla para ellos.

 

¿Cómo se pide?

    1. Hay que presentar un escrito al INSS (Seguridad Social).
    2. Adjuntar documentos como tu DNI, la resolución de tu pensión, los certificados de nacimiento de tus hijos y el libro de familia.
    3. Si te lo deniegan o no te contestan, se puede presentar una reclamación previa y, si sigue sin resolverse, ¡se puede ir a juicio!

MODELOS PARA PRESENTAR LA SOLICITUD Y LA RECLAMACIÓN PREVIA:

  • MODELO SOLICITUD
    • ASUNTO:Solicitud de Complemento por Maternidad/Paternidad para Padres Pensionistas AL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (INSS) Don/Doña [Nombre Completo del Solicitante], con DNI [Número de DNI], y domicilio a efectos de notificaciones en [Dirección Completa], con número de afiliación a la Seguridad Social [Número de Afiliación a la SS], EXPONE:
    • Que soy beneficiario/a de una pensión de [Tipo de Pensión: Jubilación, Incapacidad Permanente o Viudedad] con fecha de inicio el [Fecha de inicio de la pensión].
    • Que soy padre de [Número de hijos] hijos/as, nacidos/as en las siguientes fechas: [Indicar nombre y fecha de nacimiento de cada hijo/a. Ejemplo: Hijo/a 1 (DD/MM/AAAA), Hijo/a 2 (DD/MM/AAAA), etc.].
    • Que, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo español, tengo derecho a percibir el complemento por maternidad/paternidad en mi pensión, al haber contribuido a la demografía y haber sufrido la brecha de género en mi carrera de cotización.
    • SOLICITA:Que se me reconozca y abone el complemento por maternidad/paternidad en mi pensión de [Tipo de Pensión] con efectos desde la fecha de inicio de la misma o, subsidiariamente, desde la fecha de la solicitud. ADJUNTO:
    • Copia de mi DNI.
    • Copia de la Resolución de concesión de mi pensión.
    • Copia del Libro de Familia.
    • Copia de los Certificados de Nacimiento de mis hijos/as.
    • En [Localidad], a [Día] de [Mes] de [Año]. Fdo.: [Firma del Solicitante]

¿Dónde presentarlo?

  • Se puede presentar telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social (buscando «Otros escritos, solicitudes y comunicaciones«) o presencialmente en cualquier oficina del INSS o registro público.
  • ¡Guardar copia! Es súper importante que se queden con una copia sellada o con el justificante de presentación.
  • Plazos: Si en 3 meses no les contestan o la respuesta es negativa, ¡que no se desanimen! Habría que presentar una reclamación previa.

 

  • MODELO RECLAMACIÓN PREVIA
    • ASUNTO:Reclamación Previa a la Vía Jurisdiccional Social. Complemento por Maternidad/Paternidad para Padres Pensionistas. AL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (INSS)
      DIRECCIÓN PROVINCIAL DE [PROVINCIA DONDE SE PRESENTÓ LA SOLICITUD INICIAL] Don/Doña [Nombre Completo del Solicitante], con DNI [Número de DNI], y domicilio a efectos de notificaciones en [Dirección Completa], con número de afiliación a la Seguridad Social [Número de Afiliación a la SS], EXPONE:
    • Que con fecha [Fecha de presentación de la solicitud inicial] presenté ante ese Instituto Nacional de la Seguridad Social solicitud de reconocimiento y abono del complemento por maternidad/paternidad en mi pensión de [Tipo de Pensión: Jubilación, Incapacidad Permanente o Viudedad].
    • Que dicha solicitud ha sido [Seleccionar una opción: denegada expresamente mediante Resolución de fecha [Fecha de la Resolución de denegación] / o bien, no ha sido resuelta en el plazo legalmente establecido, produciéndose silencio administrativo negativo].
    • Que la denegación/falta de resolución de mi solicitud vulnera mi derecho al complemento por maternidad/paternidad, reconocido por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sentencia de 12 de diciembre de 2019, asunto C-450/18) y del Tribunal Supremo español (Sentencias de 19 de febrero de 2020, entre otras), que establecen el derecho de los padres a percibir dicho complemento en igualdad de condiciones que las madres.
    • Que, por tanto, la resolución/silencio administrativo es contrario a derecho, y procede su revocación y el reconocimiento del derecho solicitado.
    • SOLICITA:Que, teniendo por presentado este escrito en tiempo y forma, se sirva admitirlo y, previos los trámites oportunos, revoque la resolución denegatoria/el silencio administrativo negativo y reconozca mi derecho a percibir el complemento por maternidad/paternidad en mi pensión de [Tipo de Pensión], con efectos desde la fecha de inicio de la misma y con los intereses legales que correspondan. ADJUNTO:
    • Copia de mi DNI.
    • Copia de la solicitud inicial presentada con fecha [Fecha de presentación de la solicitud inicial].
    • Copia de la Resolución de denegación (si la hubiera).
    • Copia de la Resolución de concesión de mi pensión.
    • Copia del Libro de Familia.
    • Copia de los Certificados de Nacimiento de mis hijos/as.
    • En [Localidad], a [Día] de [Mes] de [Año]. Fdo.: [Firma del Solicitante]

Si deniegan la SOLICITUD, en tres meses se puede presentar RECLAMACIÓN PREVIA.

  • Plazo: Tienen 30 días hábiles para presentar esta Reclamación Previa desde que reciben la notificación de la denegación, o desde que se cumplen los 3 meses sin respuesta (silencio administrativo). ¡Es crucial no pasarse de plazo!
  • ¿Dónde presentarla? Igual que la solicitud inicial: en la Sede Electrónica del INSS o en cualquier registro público.
  • ¡Guardar justificante! Siempre, siempre, guardar una copia sellada o el justificante electrónico de la presentación.

 

SENTENCIAS:

  1. Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 12 de diciembre de 2019 (asunto C-450/18): Esta fue la que lo cambió todo. El TJUE dictaminó que la legislación española que solo reconocía el complemento por maternidad a las mujeres era discriminatoria.
  2. Sentencias del Tribunal Supremo español (varias, destacando las de 19 de febrero de 2020 y posteriores): Tras la sentencia del TJUE, el Tribunal Supremo español se puso las pilas y empezó a dictar sentencias que aplicaban ese criterio. Es decir, el Supremo confirmó que los padres también tienen derecho a ese complemento.

 

El complemento actual (post-2021) es de 35,90 euros mensuales por hijo en 2025, revalorizable.

 

Un ejemplo de sentencia favorable a los padres:

https://www.iustel.com/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1258930

El complemento para la reducción de la brecha de género del artículo 60 LGSS, en la redacción derivada del RDL 3/2021, contraviene la Directiva 79/7/CEE del Consejo de 19 de diciembre de 1978 relativa a la aplicación progresiva del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de Seguridad Social, así como la jurisprudencia del TJUE que la aplica. Por tanto, debe ser satisfecho a los varones en las mismas condiciones que a las mujeres.

 

 

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