Federación Madrileña de Familias Numerosas

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Fedma
jueves, 24 junio 2021 / Published in Noticias

Respuesta de la Agencia Tributaria respecto a los retrasos en el cobro por adelantado de la deducción fiscal por ser familia numerosa

1º Caducidad / renovación del título FN.

  Confirmar que cuando se da esta circunstancia es frecuente que, al no venir la información en el modelo 990 , algún mes del abono anticipado DAFAs FN se deje de pagar o se pague con retraso .

  En todo caso esta situación ( si ha dejado de cobrar algún mes por este motivo ) se regularizará en la declaración anual de IRPF ( percibiendo el importe total de la deducción al que tenga derecho)

 

2º Comunicación exclusión DAFAs FN por incumplimiento de requisitos .

  Cuando algún mes se detecta alguna discrepancia ( incumplimiento de alguno de los requisitos para tener derecho al cobro del abono anticipado ) , se activa el filtro correspondiente y se paraliza el pago del abono anticipado .

 

   (*) En la práctica , pues eso dependerá de la capacidad que tenga cada oficina , serán distintos los plazos en que se comunica al contribuyente . Se iniciará un procedimiento de comprobación , mediante la propuesta de exclusión, poniéndole de manifiesto al contribuyente (solicitante del abono anticipado) los motivos de la misma . Pero habrá oficinas que esto lo hagan de forma casi inmediata ( mensualmente y en un momento más o menos cercano a cuando se ha detectado la discrepancia y activado el filtro ) y en otras , sin embargo , a lo mejor tardan algo más de tiempo ( 1 ó 2 meses ) , ya que no tienen capacidad para gestionar mensualmente todos estos expedientes que quedan en comprobación en DAFAs .

   En definitiva ,no es posible dar una respuesta clara en el sentido de que inmediatamente a detectarse la discrepancia y paralizarse el abono anticipado se comunica al contribuyente , puesto que en unas oficinas sí que será así , pero en otras no . 

3º Casos concretos .

  Habría que aportar el NIF, sino no podemos analizar el expediente DAFAs para dar una respuesta concreta .

  A la AEAT nos sucede que gestionamos las deducciones familiares en base a la información que nos llega de terceros ( CCAA , INSS … ) .

  Por lo que, en la mayoría de los casos , los posibles retrasos en estos pagos anticipados no son imputables a la Agencia Tributaria . 

 

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