Comparecemos en el Senado para reclamar más inversión en familia y ayudas directas y reales que tengan en cuenta a todos los hijos
La Federación Española de Familias Numerosas ha participado hoy en el Senado en representación de las familias numerosas, para exponer la realidad de estos hogares y reclamar mayor apoyo en políticas públicas.
El vicepresidente de la FEFN, Eduardo Galicia, ha comparecido a petición del Grupo Popular en la Comisión de Derechos de Familia de esta Cámara, donde ha planteado una batería de medidas de apoyo que compensen la aportación social de las familias con hijos, y en especial las numerosas, y alivien la presión económica que soportan. En este sentido, ha aludido al coste de crianza, estimado en 8.000 euros anuales por hijo, según Save the Children, y el alto grado de vulnerabilidad que tienen las familias numerosas -las de mayor riesgo de pobreza, junto a las monoparentales-, en un país que invierte en infancia y familia muy por debajo de la media europea, con 1.2% de su PIB frente al 2,3% que destina el conjunto de Europa.
Todos los hijos cuentan
La FEFN ha reclamado un incremento de esta inversión en forma de ayudas directas que tengan un impacto real en la vida de las familias, como la prestación universal por hijo, similar a la aplicada por otros países de la UE, para apoyar a las familias en los gastos de educación y crianza de cada uno de los hijos. En relación con ello, ha expuesto la penalización que sufren actualmente las familias numerosas en muchas ayudas o prestaciones, que solo tienen en cuenta hasta el segundo o tercer hijo, y la necesidad de poner fin a esta «situación injusta que castiga a los que más aportan». El vicepresidente ha recordado que “todos los hijos cuentan, todos tienen necesidades, y es preciso eliminar los límites injustos que se aplican por número de hijos en el acceso a ayudas públicas y que son una discriminación de las familias numerosas”.
Conciliación real
La conciliación, uno de los principales problemas de las familias, ha sido objeto también de atención en la comparecencia del vicepresidente de la FEFN, que ha reclamado que se refuercen las medidas de apoyo para que las familias puedan dedicar más tiempo a sus familias. Entre otras, ha reclamado la ampliación de los permisos por nacimiento de las 16 a las 20 semanas, con dos semanas adicionales para las familias numerosas, y que el permiso por cuidado de hijo menor de 8 años sea retribuido, tal como exige la directiva europea, para que sea una medida real de conciliación, ya que muchas familias no pueden acogerse a él.
También se ha solicitado que se incluya a las familias numerosas en el Plan Corresponsables, que facilita que las familias puedan conciliar, y la promoción las becas de comedor escolar, como programa financiable a través de la Garantía Infantil Europea, además de la continuidad de las bonificaciones en las cuotas sociales por contratación de cuidadores y preferencia a las madres de familia numerosa en los programas de formación y reciclaje profesional para el empleo.
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Abierto el plazo para las solicitudes de las becas Bachillerato
Becas para Bachillerato : se pueden presentar desde mañana martes hasta el 7 de julio.
Por su parte, las becas de Bachillerato de la Comunidad de Madrid podrán tramitarse tanto en la web institucional www.comunidad.madrid como en la Cuenta Digital.
Por primera vez, la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades ha incluido en esta convocatoria la nota académica de los alumnos entre los baremos para conceder las becas de Bachillerato. Así, los estudiantes podrán conseguir hasta dos puntos en función de la calificación final del último curso terminado dentro del plazo de presentación de solicitudes.
Además, otra de las novedades es la posibilidad de prorrogar para las siguientes convocatorias la beca obtenida, siempre que se mantengan los requisitos que den origen a su concesión para este próximo curso y el beneficiario así lo solicite.
Importante avance para las familias numerosas en las becas de la Comunidad de Madrid
Tras las reuniones mantenidas por FEDMA con el Director General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, D. Jorge Elías, celebramos un importante avance en el acceso a las becas educativas para las familias numerosas de la Comunidad de Madrid.
A partir de ahora, en la tramitación online de las becas, se computarán todos los hijos del núcleo familiar, corrigiendo así una limitación que afectaba especialmente a las familias numerosas y que hasta ahora dificultaba el acceso justo a estas ayudas.
Además, se ha logrado una mejora en los umbrales de renta per cápita: el límite que anteriormente estaba fijado en 8.400€ se incrementará hasta los 10.000€, permitiendo que más familias numerosas puedan acceder a estas ayudas fundamentales.
Desde FEDMA valoramos positivamente estos pasos, fruto del diálogo y del trabajo conjunto con la administración. No obstante, seguimos trabajando firmemente para que se cumpla la promesa de legislatura realizada por la presidenta Isabel Díaz Ayuso, en la que se comprometió a considerar de manera específica y diferenciada a las familias numerosas en las becas de comedor y bachillerato.
Nuestro objetivo es claro: que ninguna familia numerosa quede fuera de las ayudas por un sistema que no contemple sus realidades.
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Abierto el plazo para las solicitudes de las becas comedor
Becas Comedor :se podrán tramitar desde este miércoles 18 hasta el próximo 15 de julio.
Las becas de comedor se podrán pedir a través del portal institucional www.comunidad.madrid, en la Cuenta Digital, en los registros oficiales y en los colegios públicos y concertados de la región. Para facilitar y agilizar la tramitación, los solicitantes deberán presentar una petición en la que figuren sus datos básicos, el permiso expreso para que la Administración regional pueda comprobar el resto de la información requerida y el documento justificativo que se requiera en determinados supuestos. La solicitud deberá estar firmada obligatoriamente por todas las personas mayores de edad que figuren en él.
También entran como novedad con un apartado específico las familias numerosas cuya renta per cápita familiar esté entre los 8.400 y los 10.000 euros, que obtendrán una ayuda equivalente al 30% del coste del servicio de comedor. Las familias numerosas cuyos ingresos por miembro están por debajo de esos 8.400 ya podían optar a la ayuda desde la pasada convocatoria, dentro de la categoría general.
Importante avance para las familias numerosas en las becas de la Comunidad de Madrid
Tras las reuniones mantenidas por FEDMA con el Director General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, D. Jorge Elías, celebramos un importante avance en el acceso a las becas educativas para las familias numerosas de la Comunidad de Madrid.
A partir de ahora, en la tramitación online de las becas, se computarán todos los hijos del núcleo familiar, corrigiendo así una limitación que afectaba especialmente a las familias numerosas y que hasta ahora dificultaba el acceso justo a estas ayudas.
Además, se ha logrado una mejora en los umbrales de renta per cápita: el límite que anteriormente estaba fijado en 8.400€ se incrementará hasta los 10.000€, permitiendo que más familias numerosas puedan acceder a estas ayudas fundamentales.
Desde FEDMA valoramos positivamente estos pasos, fruto del diálogo y del trabajo conjunto con la administración. No obstante, seguimos trabajando firmemente para que se cumpla la promesa de legislatura realizada por la presidenta Isabel Díaz Ayuso, en la que se comprometió a considerar de manera específica y diferenciada a las familias numerosas en las becas de comedor y bachillerato.
Nuestro objetivo es claro: que ninguna familia numerosa quede fuera de las ayudas por un sistema que no contemple sus realidades.
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Encuesta sobre las familias numerosas en España, ¡Participa y ayúdanos a conocer cómo son y qué necesitan estos hogares!
Desde la Federación Española de Familias Numerosas (FEFN), un año más lanzamos una encuesta de familias numerosas para acercarnos a estos hogares y conocer mejor son y qué necesidades tienen. Con los resultados elaboraremos la Radiografía de las Familias Numerosas en España, un estudio que hacemos cada año con el apoyo del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, para mejorar nuestro trabajo, enfocándolo hacia las verdaderas demandas de este colectivo.
Si eres familia numerosa, agradecemos que nos ayudes participando en la encuesta. Tu colaboración es muy importante para nosotros, para poder mejorar nuestro trabajo y conseguir más y mejores beneficios para todas las familias numerosas. El cuestionario es anónimo y sólo te llevará unos minutos responderlo. Ir a la ENCUESTA.
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Municipios en Familia- Propuestas municipales en favor de la Familia Numerosa
La familia numerosa es garantía de futuro. Garantiza con ese plus de hijos el futuro, el relevo generacional y la supervivencia de la sociedad.
En este contexto, creemos que los Municipios son el cauce inmediato y más próximo de participación de las familias en los asuntos públicos; son el camino esencial y más eficaz para lograr el objetivo de fortalecer, promover y garantizar la protección de la familia; y de forma particular y específica a la familia numerosa.
El Municipio debe otorgar a la Familia el valor que necesita para que vuelva a ser considerada como un gran regalo.
En los ayuntamientos de Comunidad de Madrid, es esencial implementar medidas concretas de apoyo a las familias numerosa en sus relaciones con las Administraciones Públicas y con las entidades privadas, brindarles información y asesoramiento adaptado a sus necesidades específicas y ofrecer servicios de atención inmediata, acompañamiento y apoyo para fortalecer su capacidad de afrontar los desafíos cotidianos.
Para ello, presentamos estas propuestas municipales en favor de la Familia Numerosa “solo por serlo”, que hemos denominado MUNICIPIOS EN FAMILIA.
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Becas para el primer ciclo de Educación Infantil en centros privados autorizados (2025-2026)
Becas para la escolarización de niños matriculados en centros de titularidad privada autorizados por la Administración educativa para impartir el primer ciclo de Educación Infantil, siempre que no ocupen plazas sostenidas con fondos públicos, durante el curso escolar 2025-2026.
Presentación de solicitudes
Fecha de inicio: 04/06/2025Fecha de fin: 24/06/2025
https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/becas-educacion-infantil-2025-2026
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FEDMA firma un acuerdo con ATG Entertainment: ventajas exclusivas para nuestras familias en espectáculos en Madrid
La Federación Madrileña de Familias Numerosas (FEDMA) ha llegado a un acuerdo de colaboración con ATG Entertainment, líder mundial en espectáculos en directo, para ofrecer ofertas especiales y descuentos exclusivos a nuestras familias asociadas en espectáculos celebrados en España.
ATG Entertainment gestiona algunos de los recintos más emblemáticos del país, como el Nuevo Teatro Alcalá, Teatro Rialto, Teatro Calderón, Teatro Nuevo Apolo y Teatro Amaya, todos ubicados en Madrid. Esta alianza permitirá a nuestras más de 11.400 familias disfrutar de una oferta cultural de primer nivel en condiciones preferentes.
Espectáculos destacados
Entre las producciones confirmadas se encuentran:
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WICKED, el Musical – estreno en octubre de 2025 en el Nuevo Teatro Alcalá
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Los Miserables – en el Teatro Apolo, celebrando el 40.º aniversario de su estreno
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Mamma Mia! – en el Teatro Rialto
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The Book of Mormon – en el Teatro Calderón
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Además, otros títulos reconocidos como Grease, Billy Elliot, Matilda, Chicago y Cabaret
Información y acceso a las ofertas
Os iremos informando puntualmente de cada oferta y espectáculo disponible a través de nuestros canales habituales:
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Web: www.fedma.es
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Boletines informativos
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Redes sociales: Facebook, Instagram y Twitter
Sobre ATG Entertainment
ATG opera internacionalmente con 72 recintos en Reino Unido, Estados Unidos y Europa, y reúne cada año a más de 18 millones de espectadores. Su portfolio incluye teatros históricos, espacios modernos para música en directo, cines y lugares para conferencias, con un firme compromiso de acercar el mejor entretenimiento a todo el público.
Este acuerdo se enmarca dentro del programa PLAN+FAMILIA, con el que FEDMA sigue reforzando su compromiso de facilitar el acceso de las familias numerosas a la cultura y el ocio en condiciones ventajosas.
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El Gobierno dará una ayuda universal de 100 euros a los menores de 16 años que necesiten gafas o lentillas
El Gobierno ha anunciado una nueva ayuda de 100 euros destinada a la compra de gafas y lentillas para menores con problemas de visión. Esta medida, incluida en los planes estatales de mejora de la salud visual infantil, contará con una inversión de 48 millones de euros y se aplicará en todo el territorio nacional.
¿Quiénes pueden beneficiarse?
La ayuda será de carácter universal, es decir, podrán acceder a ella todas las familias con menores de hasta 16 años que necesiten lentes correctoras, independientemente de su nivel de ingresos.
¿Qué pasos hay que seguir?
El procedimiento para acceder a la ayuda incluye:
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Detección del problema visual en el centro de salud (Atención Primaria), con derivación al servicio de Oftalmología.
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Prescripción médica de gafas o lentillas por parte del especialista.
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Adquisición de las lentes en una de las ópticas adheridas al programa.
El Ejecutivo, según las mismas fuentes, ha iniciado ya la tramitación de un Real Decreto para dotar al Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas con una transferencia de 48 millones de euros, con la que cubrirán «hasta 100 euros de la factura del centro óptico al que haya acudido el menor para adquirir las gafas o lentillas que necesita, y así corregir su miopía, hipermetropía o astigmatismo».
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Aplicación de los Artículos 235 a 237 de la LGSS: Protección Familiar, Cotización por cuidado de hijos
En el capítulo XV de la Ley General de la seguridad social se recoge la PROTECCIÓN A LA FAMILIA , englobando los artículos 235-236-237 que copio a continuación:
“ artículo 235 de la LGSS: Periodos de cotización asimilados por parto : A efectos de las pensiones contributivas de jubilación y de incapacidad permanente, se computarán a favor del trabajador solicitante de la pensión un total de ciento doce días completos de cotización por cada parto de un solo hijo y de catorce días más por cada hijo a partir del segundo, este incluido, si el parto fuera múltiple, salvo que, por ser trabajadora o funcionaria en el momento del parto, se hubiera cotizado durante la totalidad de las dieciséis semanas o durante el tiempo que corresponde si el parto fuese múltiple.”
112 días de cotización ficticia por cada parto . En caso de parto múltiple, aumenta hasta los 126 días. Solo aplicable si no se cotizó durante las 16 semanas posteriores al parto .
“artículo 236. Beneficios por cuidado de hijos o menores .
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, se computará como período cotizado a todos los efectos, salvo para el cumplimiento del período mínimo de cotización exigido, aquel en el que se haya interrumpido la cotización a causa de la extinción de la relación laboral o de la finalización del cobro de prestaciones por desempleo cuando tales circunstancias se hayan producido entre los nueve meses anteriores al nacimiento, o los tres meses anteriores a la adopción o acogimiento permanente de un menor, y la finalización del sexto año posterior a dicha situación.
El período computable como cotizado será como máximo de doscientos setenta días por hijo o menor adoptado o acogido, sin que en ningún caso pueda ser superior a la interrupción real de la cotización. Este beneficio solo se reconocerá a uno de los progenitores.
En caso de controversia entre ellos se otorgará el derecho a la madre.
2. En cualquier caso, la aplicación de los beneficios establecidos en este artículo no podrá dar lugar a que el período de cuidado de hijo o menor, considerado como período cotizado, supere cinco años por beneficiario. Esta limitación se aplicará, de igual modo, cuando los beneficios mencionados concurran con los contemplados en el artículo 237.1.
270 días por cuidado de cada hijo menor , si hubo interrupción laboral tras el nacimiento o adopción. Estas cotizaciones se reconocen siempre y cuando no hayas cotizado a la Seguridad Social durante el tiempo que se pretende acreditar, con un máximo de cinco años.
“artículo 237. Prestación familiar en su modalidad contributiva .
1. Los períodos de hasta tres años de excedencia que los trabajadores, de acuerdo con el artículo 46.3 del texto reembolsado de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, disfruten en razón del cuidado de cada hijo o menor en régimen de acogimiento permanente o de guarda con multas de adopción, tendrán la consideración de período de cotización efectiva a efectos de las correspondientes prestaciones de la seguridad social por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad.
2. De igual modo, se consideran efectivamente cotizados a los efectos de las prestaciones indicadas en el apartado anterior, los tres primeros años del período de excedencia que los trabajadores disfrutan, de acuerdo con el artículo 46.3 del texto reembolsado de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en razón del cuidado de otros familiares, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad, no puedan valerse por sí mismos, y no desempeñen una actividad retribuida.
3. Las cotizaciones realizadas durante los tres primeros años del período de reducción de jornada por cuidado de menor previsto en el primer párrafo del artículo 37.6 del texto reembolsado de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, se computarán incrementadas hasta el 100 por cien de la cantidad que hubiera correspondido si se hubiera mantenido sin dicha reducción la jornada de trabajo, a efectos de las prestaciones señaladas en el apartado 1. Dicho incremento se referirá igualmente a los tres primeros años en los demás supuestos de reducción. de jornada contemplados en el primer y segundo párrafo del artículo mencionado.
Las cotizaciones realizadas durante los períodos en que se reduce la jornada en el último párrafo del apartado 4, así como en el tercer párrafo del apartado 6 del artículo 37 del texto reembolsado de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, se computarán incrementadas hasta el 100 por cien de la cantidad que hubiera correspondido si se hubiera mantenido sin dicha reducción la jornada de trabajo, a efectos de las prestaciones por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, nacimiento y cuidado de menor, riesgo durante el embarazo. riesgo durante la lactancia natural e incapacidad temporal.
4. Cuando las situaciones de excedencia señaladas en los apartados 1 y 2 hubieran estado precedidas por una reducción de jornada en los términos previstos en el artículo 37.6 del texto reembolsado de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, a efectos de la consideración como cotizados de los períodos de excedencia que corresponden, las cotizaciones realizadas durante la reducción de jornada se computarán incrementadas hasta el 100 por cien de la cantidad que hubiera correspondido si se hubiera mantenido sin dicha reducción la jornada de trabajo.”
Comentar que existe el Complemento para Reducir la Brecha de Género: además de las cotizaciones indicadas, existe un complemento económico para reducir la brecha de género en las pensiones, dirigido a quienes han visto afectado su carrera laboral por el cuidado de hijos, siendo la importación en el 2025 de 35,90 €/mes por cada hijo o hija, con un máximo de 4 hijos, pagados en 14 mensualidades, complemento que suma a la pensión y no afecta al límite máximo, a modo de resumen.
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